La AEM, en virtud de lo establecido en el REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR y en concreto en su apartado, II.- ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR. ARTÍCULO PRIMERO.- DESARROLLO DEL ARTÍCULO 2 DE LOS ESTATUTOS SOCIALES. EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS.
Lanzará de forma regular propuestas de EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS O DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE, en función de las necesidades de cada momento.
Las propuestas y las bases correspondiente serán informadas a través de este apartado de la web y desde aquí se informará asimismo del procedimiento de presentación de las propuestas.